¿Qué pasa si no presentas tu declaración anual ante el SAT?

¿Qué pasa si no presentas tu declaración anual ante el SAT?

Una de las peores omisiones que se pueden tener en el ámbito fiscal es no presentar la declaración anual porque genera muchas y severas sanciones.

Periodo de la declaración anual

Cabe recordar que la declaración anual debe presentarse en caso de las personas morales (empresas) con fecha límite del 31 de marzo (o al siguiente día hábil si cayera en fin de semana), y en el caso de las personas físicas la fecha límite es el 30 de abril (igual, se recorre al primer día hábil si el 30 no lo fuera). Y la declaración cubre el año fiscal anterior, por ejemplo en 2024 se debió presentar sobre ingresos y egresos tenidos entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

Multas y sanciones

Al ser una obligación que no se cumplió, hay varias penalizaciones, que se pueden englobar en dos tipos de multas con estos montos aproximados.

-Una por no presentar la declaración anual, es decir, por haber omitido esa obligación en lo general. El monto puede ir de los 1,400 pesos hasta los 17,370 pesos.

-Multas por cada una de las obligaciones incumplidas según tu régimen fiscal. Los montos de esas multas pueden ir de los 1,400 pesos hasta los 34,750 pesos.

Además, las personas morales que están obligadas a presentar sus declaraciones por internet y lo hacen fuera del plazo o sin hacerlo con todos los requerimientos pueden acumular multas desde 14,230 pesos hasta 28,490 peos.

Esas multas si no son cubiertas, genera otras sanciones adicionales.

Evidentemente, estas cantidades son independientes de los impuestos que resulten del cálculo en la propia declaración anual. Y si hubiera algún saldo a favor en ese cálculo no se podrá reclamar hasta haber cubierto todas las multas y recargos.

Contribuir todos

Las multas y recargos son una buena razón para no retrasarse más en ponerse al día, sobre todo, si aún no se ha recibido un requerimiento formal de parte del SAT. Sin embargo, también se puede tratar de motivarse recordando que si bien el pago de impuestos es una obligación (por algo se llaman “impuestos” y no “voluntarios”), son una contribución al bien de toda la sociedad de país.

Acércate a BFA para revisar tu situación con el SAT y así encontrar una solución juntos.

Fuentes:

https://www.adn40.mx/mexico/sat-2024-multas-por-no-presentar-declaracion-anual

https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/que-pasa-si-soy-persona-moral-y-no-hago-mi-declaracion-ante-el-sat-11666380.html

¿Qué es un pago referenciado SAT?

¿Qué es un pago referenciado SAT?

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) de México ha implementado diversas herramientas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Una de las más destacadas es el sistema de pagos referenciados, diseñado para simplificar y hacer más eficiente el proceso de pago de impuestos. Este sistema permite a los contribuyentes generar una línea de captura única para cada pago, garantizando así una correcta aplicación de los mismos y reduciendo el margen de error.

¿Qué son los pagos referenciados?

Los pagos referenciados son una modalidad de pago que utiliza una línea de captura, la cual es un conjunto de caracteres alfanuméricos único que identifica cada transacción de manera individual.

Esta línea de captura es generada por el SAT y contiene información específica sobre el contribuyente, el tipo de impuesto, el periodo fiscal, la fecha límite y el monto a pagar. Esto asegura que cada pago se registre y aplique correctamente a la cuenta del contribuyente.

¿Qué beneficios ofrecen los pagos referenciados?

Los beneficios que el SAT ofrece a los contribuyentes con el sistema de pagos referenciados son:

Precisión y seguridad: La utilización de la línea de captura minimiza los errores en la aplicación de los pagos, ya que cada transacción es identificada de manera única. Esto reduce las posibilidades de confusiones o malentendidos con el SAT. Por supuesto, hay que tener cuidado en ingresar los datos correctos para generar las líneas de captura que amparen los adeudos correctamente.

Facilidad y rapidez: El sistema es accesible y fácil de utilizar. Los contribuyentes pueden generar sus líneas de captura a través del portal del SAT con un proceso rápido que se hace en línea de manera inmediata.

Control y registro: El sistema permite llevar un registro detallado de todos los pagos realizados, lo que facilita la auditoría y el control interno por parte del contribuyente. Además, acorta el tiempo de elaboración de las declaraciones complementarias y elimina la necesidad de presentar la declaración informativa de razones.

Sin embargo, no se debe dejar de contar con la bitácora de información en el caso de personas físicas, y tener orden y control de los papeles de trabajo que corresponden a cada periodo.

¿Cómo realizar los pagos referenciados?

El primer paso es ingresar al portal del SAT con el RFC y la contraseña o firma electrónica. En el portal, se debe seleccionar el tipo de declaración o pago que se desea hacer.

A continuación, se debe ingresar la información solicitada para generar la línea de captura. El sistema generará la línea de captura con los datos necesarios para hacer el pago (concepto, monto, fecha límite). Hay que poner atención a usar el pago referenciado antes de la fecha de expiración.

El pago se puede hacer desde el portal bancario de la cuenta fiscal del contribuyente. Cada portal tiene sus particularidades, pero se debe busca la opción de “pago referenciado” o “pago de impuestos referenciados”. Ahí se solicitará la línea de captura (alfanúmerica de 20 dígitos), la cual se debe copiar con precisión, dar el importe y rellenar el RFC.

Después de realizar el pago, el contribuyente recibirá un comprobante que confirma la operación. Este comprobante es importante para fines de registro y auditoría, por lo que se deben tener mecanismos de archivo de los mismos.

En BFA, estamos a tus órdenes para asesorarte en este tema o en cualquier otro relacionado con el SAT.

Fuentes:

https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/que-es-el-pago-referenciado-sat.html

https://www.infobae.com/mexico/2023/11/27/como-hacer-un-pago-referenciado-en-el-sat-y-cuanto-tiempo-tarda-en-verse-reflejado/

Cómo solicitar la devolución de impuestos

Cómo solicitar la devolución de impuestos

La devolución de impuestos es un derecho que se tiene cuando en la declaración anual resulta que a lo largo del año fiscal se pagó más de lo que se debía fuera por las retenciones que hace el patrón; o como resultado de lo gastado y pagado en el año que dio un saldo a favor, lo cual aplica para personas física o morales.

Requisitos para hacer una solicitud en el año fiscal

El primer requisito es haber presentado la declaración anual en el año fiscal correspondiente en tiempo y forma, además de haber pagado los impuestos que se hubieran generado.

Además, se necesita contar con e.firma vigente y el archivo electrónico que genera el SAT. Asimismo, incluir un estado de cuenta no mayor a dos meses que tenga visible el Registro Federal de Contribuyentes, así como CLABE interbancaria.

¿Cómo hacer el trámite?

El trámite se hace en la página del SAT. La opción más sencilla es solicitarla al momento de presentar la declaración anual, bajo las siguientes consideraciones:

Si el saldo es igual o menor a 10 mil pesos, se puede presentar la declaración anual con contraseña.

Si es mayor a 10 mil pero no excede los 150 mil se puede presentar con la declaración anual con contraseña proporcionando la CLABE interbancaria de una cuenta a nombre del contribuyente.

En los casos, en que el saldo a favor exceda los 150 mil pesos no se puede hacer de forma automática, se puede pedir el saldo con el Formato Electrónico de Devoluciones.

Casos en los que no aplica la devolución automática

Cabe destacar que la devolución automática tampoco aplica en estos otros casos, además de los ingresos:

-Si se pide de años anteriores.

-Si se tuvieron ingresos derivados de bienes o negocios bajo copropiedad, sociedad conyugal o sucesión (herencia).

-Si presentaron solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones antes de la obtención del resultado final de la declaración anual.

-Si en la declaración anual ya sea normal o complementaria no eligieron la opción de devolución.

-Si el contribuyente está en las listas publicadas en Diario Oficial de la Federación o el Portal del SAT según lo dispuesto en el artículo 69 o 69-B del Código Fiscal de la Federación.

-Si la devolución se solicita con comprobantes que estén en los listados de los artículos 69 o 69-B de CFF.

-Si el contribuyente tuviera cancelado por parte del SAT del certificado de conformidad como lo establecido en el artículo 17-H fracc. X del CFF.

Cabe destacar, por último, que el artículo 2 de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente dice, además, que esa devolución del saldo a favor se puede solicitar hasta de los cinco años anteriores.

En BFA somos aliados de las empresas para ayudarlas en todos sus trámites fiscales de este año o de anteriores.

Fuentes:

https://elpais.com/mexico/2023-05-06/como-reclamar-la-devolucion-de-las-declaraciones-al-sat-de-anos-anteriores.html

https://sat.gob.mx/derechos-contribuyentes/25159/obtener-tu-devolucion

¿Qué gastos son deducibles de impuestos para mi empresa?

¿Qué gastos son deducibles de impuestos para mi empresa?

En México, las personas morales, es decir, las empresas, pueden deducir una variedad de gastos para reducir su carga tributaria. Estas deducciones consideran para el cálculo correcto del Impuesto sobre la Renta (ISR) de manera precisa y justa. A continuación, se presenta una guía sobre cuáles son los gastos deducibles más comunes para las personas morales de nuestro país y cuáles son los requisitos necesarios para la deducción.

¿Cuáles son los gastos deducibles más comunes?

La premisa general para ubicar los gastos deducibles es que son aquellos necesarios para la operación de la misma. Así que a continuación va una lista de los más comunes, aunque hay algunos otros que pueden aplicar a tu empresa.

-La compra de materias primas, productos semiterminados y mercancías para la venta son deducibles; pero únicamente aquellas que son necesarias para la fabricación del producto o para vender, o aquellas que se incluyen en los servicios de la empresa.

-Materiales de oficina como papelería y artículos para escritura, así como otros que sean necesarios para las funciones tanto administrativas como propias del giro de la empresa.

-Los gastos por servicios como electricidad, agua, telefonía e internet, siempre que sean necesarios para la operación del negocio se pueden deducir.

-Los sueldos y salarios:  Los pagos a empleados son deducibles, siempre que se realicen las retenciones correspondientes. En este renglón se incluyen las cuotas al IMSS, así como otras prestaciones que se den como servicio de comedor.

-Si se tiene la colaboración de algún profesional independiente para que haga un servicio específico, pero que no esté propiamente en la nómina, también se pueden deducir esos servicios prestados.

-Las inversiones en maquinaria, equipo de cómputo, equipo de oficina, unidades de transporte y otros activos fijos son deducibles a través de la depreciación o amortización.

-Los pagos por el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles utilizados en la actividad de la empresa son deducibles.

-Los gastos de viaje y representación que incluyen transporte, hospedaje y alimentación de los empleados en viajes de trabajo.

-Algunos impuestos locales y derechos son deducibles, como el impuesto predial y otros gravámenes que estén involucrados en la operación de la empresa, como también es el caso del impuesto a nómina que se aplica en algunos estados.

¿Cuáles son los requisitos para la deducción?

Todos los supuestos enumerados hasta aquí y otros que entren en la Ley del Impuesto sobre la Renta deberán estar respaldados por el respectivo (CFDI). Desde salarios, hasta la compra de un lápiz deberá estar documentado así.

Los pagos mayores de dos mil pesos sólo podrán deducirse si se liquidaron con medios electrónicos de pago (cheques, tarjetas de crédito, transferencias electrónicas).

Es necesario que todos los gastos se registren adecuada y oportunamente en el registro contable asignándolo a las cuentas correctas, si se tienen varias.

Comunícate con BFA si quieres asesoría sobre los gastos deducibles para tu empresa y la manera adecuada de hacerlo para que le saques el mayor provecho a esta herramienta fiscal.

Fuentes:

https://www.edenred.mx/blog/deduce-de-impuestos-facilmente-los-gastos-de-tu-empresa

https://www.bbva.mx/personas/educacion-financiera/gastos-deducibles-de-impuestos-para-empresas.html

https://www.sodexo.com.mx/blog/gastos-deducibles-para-personas-fisicas-y-empresas-en-2024/

Todo lo que debes saber sobre el pago de impuestos

Todo lo que debes saber sobre el pago de impuestos

En México, el pago de impuestos es un aspecto fundamental de la responsabilidad fiscal de los ciudadanos y las empresas. El sistema tributario mexicano está diseñado para financiar el gasto público, redistribuir la riqueza y fomentar el desarrollo económico del país. A continuación, se detallan los principales aspectos relacionados con el pago de impuestos en México.

La autoridad responsable de la administración y recaudación de impuestos en México es el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El SAT es un organismo descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y se encarga de aplicar las leyes fiscales, recaudar impuestos, fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y combatir la evasión y elusión fiscal.

Principales impuestos en México

Los impuestos se pueden dividir grosso modo en federales y locales. Los primeros son:

Impuesto sobre la Renta (ISR): Este es uno de los impuestos más importantes en México y se aplica tanto a personas físicas como a personas morales (empresas). El ISR grava los ingresos de diversas fuentes, incluyendo salarios, actividades empresariales, intereses, dividendos, y ganancias de capital. La tasa del ISR varía según el nivel de ingresos, con una escala progresiva que va del 1.92% al 35% para personas físicas y una tasa fija del 30% para personas morales.

Impuesto al Valor Agregado (IVA): El IVA es un impuesto indirecto que se aplica al consumo de bienes y servicios. La tasa general del IVA es del 16%, aunque existen tasas reducidas del 8% en la región fronteriza norte y exenciones para ciertos productos y servicios esenciales, como alimentos y medicinas.

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Este impuesto se aplica a productos específicos como tabaco, alcohol, gasolina, y alimentos no básicos con alta densidad calórica.

-Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN): Es un impuesto que se impone a la compra, importación y venta de vehículos nuevos. La tasa aplicable varía según el precio final de venta, y entre más caro pues más elevador será este impuesto.

Existen otros impuestos que son aplicados por los estados, por ejemplo, el impuesto sobre nómina que es un gravamen sobre los salarios pagados por los empleadores. La tasa de este impuesto varía según el estado, generalmente entre el 2% y el 3%.

También son impuestos locales, aunque no siempre se tiene tan presente que lo son, la tenencia y el predial. La primera aplica a los propietarios de automóviles, aunque no todos los estados la cobran. En el caso del predial también es local, aplica a todos los propietarios de inmuebles y sus tasas varían según la localidad.

Fechas de pagos

Las fechas de pago de impuestos varían según el tipo de impuesto y el régimen fiscal del contribuyente. Algunas de las fechas de los impuestos federales son:

ISR de Personas Físicas: La declaración anual se presenta en abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Los pagos provisionales se realizan cada mes para los regímenes que les aplica.

-ISR de Personas Morales: La declaración anual se presenta en marzo del año siguiente al ejercicio fiscal, con pagos provisionales mensuales.

-IVA e IEPS: Estos impuestos se declaran y pagan mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.

En el caso de los impuestos locales, se debe considerar:

-Impuesto sobre nómina: Aunque este impuesto no todos los estados lo cobran, y puede variar la fecha, en general es un pago mensual.

-Predial: Cada entidad establece las fechas de pago. Lo común es que sea bimestral, pero se suelen ofrecer estímulos si se paga de manera anualizada entre enero y febrero.

Tenencia: Los estados que la cobran generalmente piden el pago los tres primeros meses del año.

En resumen, el pago de impuestos en México es una obligación legal que contribuye al funcionamiento del estado y al bienestar social. Conocer los principales impuestos, la autoridad fiscal, los contribuyentes obligados y las fechas de pago es esencial para cumplir con las responsabilidades fiscales y evitar problemas con la autoridad tributaria.

Si necesitas asesoría en BFA estamos a tus órdenes, comunícate con nosotros.

Fuente:

https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/que-debes-saber-para-el-pago-de-impuestos.html

¿Qué es el interés simple y compuesto en inversiones?

¿Qué es el interés simple y compuesto en inversiones?

El interés es fundamental en el mundo de las finanzas y las inversiones, ya que representa la ganancia que se obtiene al invertir dinero. Es esencial entender los dos tipos principales de interés: simple y compuesto, ya que influyen mucho en las decisiones de inversión.

¿Qué es el interés?

El interés es el costo del dinero, y lo “paga” quien recibe en préstamo el dinero. Obviamente, quien presta ese dinero recibe esa “paga”. Así cuando se invierte el dinero ya sea a través de una institución financiera como un banco, una sofipo, una fibra o al gobierno (cuando compras cetes le estás prestando al gobierno), esta institución a su vez se lo presta a quienes lo necesitan para invertir en su negocio, para hacer una construcción, etc. y te da a ti una parte de esa ganancia (se quedan con comisiones y gastos de operación).

Para los inversionistas existen dos tipos de interés simple y compuesto, cada uno te aporta un rendimiento; por eso hay que entender cada uno para usarlos para cumplir nuestras metas financieras.

Interés simple

El interés simple es el tipo más básico de interés y se calcula solo sobre el monto inicial que se invierte. Esto significa que, si inviertes una cantidad de dinero, el interés se calcula siempre sobre esa cantidad original, sin importar cuánto tiempo pase o cuánto interés se haya acumulado.

Por ejemplo, si se invierten $10,000 pesos a una tasa de interés del 5% anual durante 3 años, el rendimiento será de $500 pesos cada año. Después de 3 años, la ganancia será de $1,500 pesos de interés, arrojando un total $11,500 pesos.

El interés simple es fácil de entender y calcular, pero su desventaja es que no aprovecha los intereses generados previamente, lo que limita el crecimiento de la inversión.

Interés compuesto

El interés compuesto, en cambio, es la opción para el dinero crezca porque se calcula no solo sobre el monto inicial, sino también sobre los intereses que se van acumulando. Esto significa que cada periodo, el interés se calcula sobre una cantidad cada vez mayor.

Por ejemplo, si se invierten $10,000 pesos a una tasa de interés del 5% anual, pero compuesto mensualmente, habrá una ganancia cada mes la cual se reinvertirá. Al final del primer año, habrás ganado interés sobre los $10,000 pesos y sobre los intereses que se fueron sumando cada mes. Al cabo de 3 años, habrás ganado más de $1,600 pesos de interés, y tu total será de aproximadamente $11,616 pesos.

El interés compuesto permite que la inversión crezca más rápido porque aprovecha el interés sobre interés, lo que puede hacer una gran diferencia a largo plazo. Si además, se va incrementando cada determinado tiempo el monto de la inversión inyectando más recursos, pues la ganancia será todavía mayor.

¿Cuál escoger?

La respuesta fácil es el interés compuesto, pero en realidad todo depende de los objetivos financieros, del tiempo que planeas mantener tu inversión, la necesidad o no de disponer de ese capital y también de las tasas de interés que estén vigentes y su ganancia real frente a la inflación. Es importante recordar que las tasas de interés las fijan los bancos centrales, en nuestro país es el Banco de México.

Desde 2023, y posiblemente todo 2024, en nuestro país se tienen tasas de interés bastante atractivas de las conviene sacar provecho. Sin embargo, se debe recordar que esos rendimientos que se obtienen por los intereses ganados por inversiones generan impuestos, en tasas más o menos modestas; pero se deben considerar para la toma de decisiones.

Ten presente que en temas financieros y contables, BFA te asesora.

 

Fuentes:

https://wortev.capital/proyecto-de-inversion/interes-simple-o-compuesto-cual-es-la-diferencia/

https://www.banamex.com/sitios/educacion-financiera/blog-de-educacion-financiera/que-es-el-interes-simple-y-compuesto-en-inversiones.html

https://expansion.mx/finanzas-personales/2023/09/18/interes-compuesto-que-es

La importancia de ahorrar para el retiro

La importancia de ahorrar para el retiro

El aumento en la expectativa de vida se ha unido a un menor crecimiento poblacional llevando a que la pirámide de población se esté lentamente invirtiendo ya en nuestro país, por eso, la idea de que los jóvenes “mantengan” las pensiones de los adultos mayores no será viable.

Por esa, razón en nuestro país se adoptó yo que hoy conocemos como las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro) que buscan individualizar el ahorro e involucrar más a la población para ese aspecto de las finanzas personales tenga prioridad. Para lograrlo el gobierno toma medidas y da estímulos contables que conviene aprovechar desde hoy y con perspectiva a la jubilación por más lejana que pueda parecer a los más jóvenes.

¿Qué son las Afores?

Las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afores) son instituciones financieras cuya única función es administrar los fondos para el retiro de los trabajadores mexicanos. Esos fondos se componen de las aportaciones personales y de las que realizan los empleadores por ley. Esos recursos son manejados por expertos en el área financiera para lograr incrementar el monto con que el trabajador contará para mantenerse luego de su retiro de la fuerza laboral.

El monto de las aportaciones obligatorias por parte de los patrones se modificó al alza en 2020, para que los trabajadores reciban mejores pensiones a futuro.

Así, las afores invierten los recursos conforme a la edad de los trabajadores, en variedad de instrumentos financieros como acciones, bonos, fondos de inversión, entre otros, lo que ayuda a reducir el riesgo y maximizar los rendimientos a largo plazo. Los trabajadores reciben su estado de cuenta y pueden monitorear el crecimiento de su dinero, evaluar las comisiones que se les cobran y decidir buscar otra Afore si la que tiene no le satisface.

El ahorro voluntario y beneficios fiscales

En el sistema de la Afores además se tiene la opción de realizar aportaciones voluntarias, estas son muy importantes para lograr aumentar el capital con el que se contará al momento del retiro. Esas aportaciones pueden ser del monto que se quiera y al momento que se desee, también pueden pactarse montos mensuales. Este ahorro voluntario es invertido por los mismos expertos, por lo que su rendimiento suele ser bastante positivo.

Además, esas aportaciones voluntarias son deducibles en el año fiscal que se hacen ayudando así a reducir la carga fiscal del contribuyente. Y si permanecen en la cuenta hasta los 65 años del trabajador las ganancias que se tengan, quedan exentas de impuestos. Por otra parte, ese dinero se puede retirar en caso de desempleo o de contraer nupcias sin que ello implique el pago de impuestos.

Fuera de esas circunstancias descritas, si el monto del ahorro voluntario se retira parcial o totalmente sí generará impuestos, por lo que no suele una buena decisión hacerlo.

Además de las Afores, existen otros instrumentos financieros que pueden complementar el ahorro para el retiro en México, como los planes de pensiones privados, los fondos de inversión y los seguros de retiro. Estos instrumentos ofrecen diferentes opciones de inversión y beneficios fiscales que pueden adaptarse a las necesidades y preferencias de cada individuo.

De esta manera, el ahorro para el retiro es tanto una necesidad ineludible de cualquiera; pero también una oportunidad de tener inversiones y ventajas fiscales de las cuales sacar provecho con una perspectiva de corto, mediano y largo plazo.

Acércate a BFA y con gusto te asesoremos en este tema.

Fuentes:

https://www.santander.com.mx/educacion-financiera/blog/la-importancia-de-ahorrar-para-tu-retiro/index.html#:~:text=El%20ahorro%20para%20el%20retiro%20te%20brindar%C3%A1%20mayor%20seguridad%20financiera,respaldo%20financiero%20para%20afrontar%20emergencias.

https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Los-beneficios-de-ahorrar-para-el-retiro-el-ejemplo-deMexico-20230812-0008.html

https://expansion.mx/opinion/2024/01/09/la-importancia-del-ahorro-para-el-retiro-en-el-2024

¿Cómo darme de alta en el SAT si soy emprendedor?

¿Cómo darme de alta en el SAT si soy emprendedor?

Emprender es uno de los anhelos de mucha gente, pues se trata de la oportunidad de materializar un sueño llevando a la realidad práctica una idea, ya sea que tuvo hace poco o a la que se la ha dado muchas vueltas; va de la mano con la oportunidad de satisfacer una necesidad de un público general o de una zona, lo cual crea valor no sólo para quien emprende, sino para los eventuales empleados, para los futuros clientes y para la cadena de suministros a la que el emprendimiento se unirá.

Pero esa parte tan emocionante, también tiene su lado administrativo que puede no ser tan interesante o creativo; sin embargo, es indispensable para dar forma a un negocio que tenga la capacidad de operar de manera legal y ordenada. Y uno de elementos a considerar es darse de alta en el Sistema de Administración Tributaria (SAT), y saber cómo hacerlo.

Decidir cuál régimen

Antes que nada es necesario entender que los individuos mayores de 18 tienen que tramitar su Registro Federal de Causantes (RFC), como personas físicas. Y por otra parte las personas morales son las empresas.

Quienes quieren emprender pueden optar hacerlo siendo personas físicas deben elegir qué régimen es el más adecuado para el tipo de actividad que se va a realizar, y analizar las ventajas y exigencias de cada uno.

RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), este régimen se aprobó en este sexenio y está destinado a las personas físicas que realizan actividades empresariales o profesionales (profesionistas independientes) o de arrendamiento (renta de inmuebles) que no pasen los 3 millones y medio de ingresos anuales.

Este régimen es la mejor opción para los nuevos contribuyentes que quieren emprender, pues les permite emitir CFDI (facturas electrónicas) a sus clientes, así como tener una contabilidad bastante sencilla. Este régimen puede usarse para todo tipo de comercios y servicios

Cabe señalar que además del RESICO existen otros regímenes como el de Persona Física con Actividades Empresariales y Profesionales que no tiene límites en los ingresos anuales para estar en él, y lo mismo aplica de el Régimen de Arrendamiento que puede tener una persona física que recibe ingresos por la renta de inmuebles (casas, departamentos, locales, bodegas, etc.) y que tampoco tiene topes en el ingreso.

Optar por persona moral

En el caso de que el emprendimiento sea más adecuado hacerlo como empresa, entonces se tramitará el registro como persona moral, lo cual requerirá hacer trámites más complejos como tramitar el acta constitutiva de la misma con un notario, así como otros previos como el registro del nombre de la empresa, asignar al responsable legal, entre otros.

Este régimen puede parecer más complicado, pero también tiene ventajas sobre todo respecto a la contratación de personal, para cubrir de manera adecuada lo que la Ley del Trabajo pide a los empleadores, además que tendrás otras opciones para el manejo fiscal y financiero de tu negocio, que no tienes como persona física.

Documentos para darte de alta en el SAT

Para darte de alta como persona física, puedes acudir de forma presencial a una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con los siguientes documentos:

-CURP, o en su caso, carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de personas naturalizadas (original o copia certificada).

-Acuse de preinscripción en el RFC, realizada del Portal del SAT.

-Comprobante de domicilio,

-Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal

A esa documentación, en el caso de las personas morales se le debe añadir el Acta constitutiva de la empresa.

 

Si necesitas más información, apoyo o asesoría para dar certeza a su emprendimiento, acude con nosotros, en BFA te estamos esperando.

Fuentes:

https://www.sat.gob.mx/consulta/09789/lo-que-debes-saber-como-emprendedor-

https://espacioempresa.com/emprendedores/como-dar-alta-negocio-sat-requisitos/

https://www.aspel.com.mx/blog/contabilidad-electronica/negocio-en-hacienda

El rol del contador en la era digital: herramientas para el éxito empresarial

Renovación del REPSE

El REPSE es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas, el cual existe desde finales de mayo de 2021, su creación obedece a ordenar los servicios que se conocen como de “outsourcing” o subcontratación laboral. Y en este año se tienen que renovar ese registro las empresas que se dieron de alta a parir de junio de 2021, pues se estableció que debía hacerse cada tres años.

¿Para qué sirve el REPSE?

El REPSE se creó para evitar un vicio que se había extendido de que las personas que trabajaban para una empresa en realidad eran “pagadas” por otra, que les inscribía a IMSS y les cubría sus prestaciones; pero luego de un tiempo se les cambiaba de esa segunda empresa, para que no se generara la antigüedad y así evadir las responsabilidades reales.

Así, el REPSE busca cuidar que en las empresas que ofrecen el pago de nóminas y prestaciones lo hagan únicamente con quienes se debe, es decir, con el personal que labora o da servicios indirectos (la limpieza o la seguridad, por ejemplo) que no tienen que ver con el objeto social de la empresa. Así se cumple con la obligación laboral con esas personas, pero se facilita la administración, organización y tareas internas que no van directo a la razón de ser de cada empresa, lo que se justifica como subcontratación laboral, figura que está reconocida, descrita y limitada en el Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

La obligación es de los dos lados

Así las empresas que de dan esos servicios especializados y obras especializadas deben estar dadas de alta en el REPSE para integrarse al Padrón Público de Contratistas Especializados u Obras Especializadas. Este padrón es muy importante porque permite a quien necesita ese tipo de servicio contratar a una empresa legal y en regla, avalada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Esto es importante saberlo porque la contratación de una empresa que no esté en este patrón, o sea, que no esté inscrita en el REPSE puede generar multas a quien la contrata, y claro, también a la empresa que ofrezca esos servicios sin el registro. Las multas pueden ir entre 217,140 y 5.4 millones de pesos.

Actualización de REPSE

El pasado 21 de febrero, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el acuerdo que modifica las Disposición de Carácter General para el registro de personas físicas y morales que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas. Este acuerdo es, como se señalaba, para renovar el REPSE, para lo cual la STPS agregó a la plataforma del REPSE una pestaña o módulo llamado “Renovación de Registro”.

Las empresas que prestan los citados servicios de subcontratación deben consultar las fechas en la que deben hacer su renovación, según su primer registro, pues sólo tendrán una ventana limitada de tiempo para realizarlo, según establece el mismo acuerdo. Por ello, las que las iniciaron en 2021 deben estar al tanto para completarlo cuando les toque pues la ventana abrió en marzo.

Además, deberán estar al día en sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social para poder realizar el trámite. Si no lo hacen en tiempo y forma, su registro quedará automáticamente cancelado y no podrán seguir dando sus servicios de forma válida.

En BFA, te ofrecemos asesoría de calidad para cumplir con todas sus obligaciones frente a las autoridades.

 

Fuentes:

https://contadormx.com/renovacion-repse-stps-requisitos-fecha/ https://basham.com.mx/renovacion-de-repse/

https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Es-oficial-Renovacion-del-Repse-inicia-en-marzo-no-habra-prorrogas-20240221-0027.html

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Regímenes para personas físicas

En México, la forma en que se pagan los impuestos por las ganancias en las actividades económicas se determina a partir de régimen fiscal que corresponde al tipo de ingreso que se tiene y a la forma en la obtienen dichos ingresos. Lo primero que se debe entender es la diferencia entre persona moral y persona física.

La persona moral son las entidades económicas, o sea, las empresas; por su parte, las personas físicas son los individuos con actividad económica, ya sea un vendedor, un comerciante, un profesionista independiente, un empleado, etc. En el ámbito de las personas físicas existen varios regímenes.

Régimen de sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios

Es el más común, pues incluye a todos los trabajadores formales de este país. Se entiende como trabajador formal justamente al que está dado de alta en el SAT, que recibe prestaciones de ley como IMSS, así como aguinaldo y prima vacacional, todo lo cual está garantizado por un contrato.

La parte de asimilados a salarios se aplica cuando una persona tiene un segundo empleo que le da un ingreso marginal, y como ya recibe prestaciones del principal “asimila” este segundo ingreso sin recibir prestaciones, pero sí paga impuestos. Es muy común para los profesores que dan, por ejemplo, una materia en una institución educativa pero no trabajan ahí de tiempo completo.

Régimen Simplificado de Confianza

Destinado para personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o alquilen bienes, siempre que sus ingresos no excedan los tres millones quinientos mil pesos en el ejercicio inmediato anterior.

Régimen de actividades empresariales y profesionales

En este se encuentran quienes que generan ingresos mediante actividades comerciales, industriales, de enajenación de bienes, autotransporte o servicios profesionales, sin importar el monto percibido. Este es muy amplio pues en servicios profesionales entran todos aquellos que ejercen su profesión de manera independiente como abogados, diseñadores, escritores, psicólogos, contadores, etc.

Régimen de incorporación fiscal

Este régimen conocido como RIF fue diseñado para quienes inician actividades empresariales y tienen ingresos anuales dentro de ciertos límites establecidos por el SAT, ofreciendo beneficios fiscales y simplificación de trámites.

Régimen de actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas

Este régimen es reciente, y lo que busca es simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de las personas que se dedican a lo que ubicamos como las ventas por catálogo, y lo simplificado pues permite que las plataformas tecnológicas retengan e ingresen directamente el ISR e IVA al SAT.

Régimen de arrendamiento

Para personas físicas propietarias de bienes inmuebles que los alquilan a terceros, sería los coloquialmente viven de sus rentas, si es que su único régimen fiscal.

Como puedes ver, hay varias formas en las que puedes estar registrado en el SAT y conocer cada una, sus ventajas y sus obligaciones, y puedes tener dos o más regímenes, por que debes conocer sus posibles combinaciones. Por lo cual, es recomendable contar con asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales. Y justo, eso hacemos en BFA por ti.

Fuentes:

https://www.sat.gob.mx/consulta/09788/emprendedor,-conoce-los-regimenes-fiscales-de-las-personas-fisicas

https://konta.com/blog/conoce-los-10-regimenes-fiscales-para-personas-fisicas

https://www.elfinanciero.com.mx/mis-finanzas/2023/05/11/sat-tipos-de-regimen-fiscal-cual-me-corresponde-2023/