¿Cómo presentar la balanza 13 ante el SAT?

¡Qué no se te pase, ya casi es momento! ¿Sabes cómo realizar tu envío de balanza 13 al SAT?

Para empezar, es necesario aclarar que esto surge por la necesidad de reflejar los ajustes en la póliza de cierre de la Declaración Anual tanto de Personas Morales y Personas Físicas, obligadas al envió de la Contabilidad Electrónica.

Así que, la balanza 13 es diferente a la que se envió en diciembre, puesto que los ajustes de ese mes y enero, no se verán reflejados y generarán diferencias en la información enviada al SAT.

En México se tiene la obligación de subir nuestras balanzas mensuales al Buzón Tributario en el sitio web del SAT, este cierre de ejercicio como también se le conoce a la balanza 13, deberá incluir los ajustes que se realizarán al cierre fiscal y la presentación de la declaración anual.

Al momento de realizar la balanza se comparará la información enviada anteriormente para saber si tuvo utilidad o pérdida del ejercicio, algún ajuste por inflación deducible o acumulable, además, también funciona para detectar inconsistencias en las cuentas contables.

Recuerda que la fecha límite del envió de la balanza 13 al SAT para las personas morales es a más tardar el día 20 de abril y para las personas físicas a más tardar el día 22 de mayo.

Según la regla 2.8.1.6 de la RMF 2016 en el SAT, en la balanza de cierre del ejercicio se deberá incluir la información de los ajustes que para efectos fiscales se registren.

Esto quiere decir que el tipo de cuentas que se incluirán en la balanza 13 son las de balance, resultados y las de orden, por lo que sí en la de cierre se presentan cambios o información no enviada en la del ejercicio anterior, se tendrán que mandar las de comprobación complementarias para corregirlas.

Por otro lado, los movimientos de control fiscal podrán registrarse en cuentas de orden a través de la transacción de póliza contable y las pólizas contables de control fiscal se enviarán en forma mensual o anual en la balanza del mes 12 o 13 cuando los cálculos o ajustes fiscales sean anuales.

Es importante saber que las cuentas de orden de control fiscal de acuerdo a los códigos agrupadores del SAT e incluidas en Crol para realizar la balanza 13 son las siguientes:

  • Control fiscal o administrativo
  • UFIN y CUFIN del ejercicio
  • Ajuste anual por inflación acumulable o deducible
  • Utilidades o pérdidas fiscales
  • Créditos fiscales de IVA
  • Pérdidas pendientes de amortizar

Balanza 13, paso a paso

A continuación, te diremos de qué manera puedes realizar tu balanza 13, sin embargo, te recomendamos acudir con un experto, recuerda priorizar el orden tus finanzas. Acércate a BFA aquí podemos asesórate.

  • En primer lugar, tendrás que realizar tu cierre anual, con el objetivo de procesar la información contable concentrada en el mes de diciembre.
  • Además, deberás generar una póliza de cierre para cancelar las cuentas de resultados para dejarlas en ceros.
  • En tercer lugar, es necesario determinar el estado utilidad y pérdida, así esa información se incorpora a tus cuentas de capital, en la de resultados del ejercicio.
  • La Balanza 13 incluye los saldos de las cuentas de orden, que no necesariamente tienen que incluirse en las demás balanzas.

Recuerda que el envío de la balanza de ajuste o balanza 13, es una oportunidad para que los obligados al envío de la Contabilidad Electrónica puedan corregir errores y no tener problemas fiscales con el nuevo ejercicio.

En BFA podemos asesorarte, recuerda que tus finanzas deben ser lo más importante, pues podrías perder tu patrimonio, así que no dejes pasar las fechas para poner en orden tu balanza.