Conoce cómo realizar tu declaración fiscal este 2019

El pasado 15 de noviembre de 2018 se publicó el decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, en el mismo documento se recopilan los estímulos aplicables para el Impuesto sobre la Renta (ISR).

Para que no te agarren las prisas, es importante que conozcas cuál es la manera de correcta de presentar tu declaración fiscal, no importa si la emitirás como persona física o moral, esta información es indispensable para estar al corriente ante el SAT.

Es importante saber que en la declaración anual te dan la oportunidad de deducir gastos de todo el año, como los hospitalarios, funerarios, útiles escolares, colegiaturas, uniformes, donativos; seguros de vida o gastos médicos; aportación a la Afore o el crédito hipotecario.

Y el caso de las declaraciones anuales realizadas por personas morales, sirven para deducir gastos como algunos pagos a proveedores, compras de mobiliario, renta del espacio donde se encuentra tu compañía y el salario de tus trabajadores.

Por esa razón es importante saber cómo funcionan las declaraciones anuales, sin embargo, te recomendamos que un experto te asesore, en BFA podemos ayudarte.

Declaración fiscal personas físicas

Según el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas son aquellas con la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. Y esta tendrá que dividir sus declaraciones en dos partes: una mensual y otra anual.

Recuerda que el objetivo de la declaración anual es calcular e informar ante el Servicio de Administración Tributaria, los ingresos y las deducciones anuales por el concepto del impuesto sobre la renta (ISR).

Desde hace algunos años ha sido posible realizar este trámite desde un portal web en Internet, ingresando a la plataforma con el RFC y la contraseña que has proporcionado previamente en alguna oficina del SAT en la que se te proporcionó tu firma electrónica, así que sí aún no la tramitas no podrás ingresar.

Una vez que has ingresado, la página te pedirá que llenes unos datos personales como tu nombre completo, CURP, dirección, teléfono y la información de tus gastos para la declaración anual. Es importante firmar y enviarla para poder recibir el acuse de recibo de la declaración.

Recuerda que el mes de abril es cuando debes realizar tu declaración anual, si eres una persona física.

Las personas físicas que deben presentar la Declaración Anual, son aquellas que hayan obtenido ingresos por:

    • Prestar servicios profesionales (honorarios).

 

  • Rentar bienes inmuebles, enajenar bienes o adquirir bienes.

 

    • Realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto los que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal.
    • Otros ingresos, por ejemplo: las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios o por penas convencionales.

 

  • Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos en el año.
  • Si percibiste intereses y salarios, y la suma de ambos excede de 400,000 pesos, sin importar el monto de cada uno de dichos conceptos.

 

Recuerda que, si no percibiste ingresos durante el año, pero te encuentras inscrito en el RFC, debes presentar la Declaración Anual e informar tu declaración en ceros.

Declaración fiscal personas morales

Por otro lado, las personas morales son todas las entidades a las que se les denomina sociedades o asociaciones y estas deben presentar su declaración de acuerdo a la modalidad en la que estén registrados.

Esto se debe presentar en el mes de marzo, con la finalidad de calcular y enterar el Impuesto Sobre la Renta del ejercicio para las personas morales, sin embargo, es necesario conocer cómo debes realizar tu declaración, pues existen algunas modalidades de acuerdo al régimen fiscal en el que está registrada tu compañía.

  • Personas Morales.
  • Personas Morales Consolidación.
  • A Declaración Informativa sobre el ISR diferido en consolidación fiscal
  • Personas Morales del régimen simplificado.
  • Personas Morales con fines no lucrativos.
  • Personas Morales del régimen opcional para grupos de sociedades integradoras.
  • Personas Morales del régimen de los coordinados.
  • Personas Morales del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesquera.

No importa si eres una persona física o moral, te recomendamos mantener en orden tus obligaciones fiscales y realizar tu declaración anual, por esa razón te diremos algunas compras que puedes deducir.

¿Qué se puede deducir?

 

  • Honorarios médicos y gastos hospitalarios:

 

    Estos deben ser pagados para el contribuyente, el cónyuge o la persona con quien vivamos en concubinato, así como la línea directa, es decir, los padres, abuelos, hijos y nietos.

    Esto sólo aplica siempre y cuando no hayan percibido ingresos iguales o superiores a un salario mínimo general de su área geográfica elevado al año.

 

  • Gastos funerarios:

 

Sólo aplicará la cantidad que no exceda el salario mínimo general de su área geográfica elevado al año.

 

  • Primas por seguros de gastos médicos

 

Pueden ser tanto complementarios como independientes de los servicios de salud públicos.

 

  • Intereses reales

 

    En esta categoría se aplica para los pagados durante el año al que corresponda la declaración.

    Así como por créditos hipotecarios utilizados para la construcción o remodelación de casa habitación.

    Y los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE.

 

  • Donativos

 

En esta categoría el monto no debe exceder el 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta.

 

  • Transporte escolar

 

Esto aplica para los descendientes en línea recta, es decir los hijos y nietos. Pero sólo si la escuela obliga a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte.

Nuevos estímulos fiscales 2019

Es importante que sepas que este 2019 se agregaron nuevos estímulos fiscales y para que no te agarre de sorpresa te mencionaremos cuáles son:

  • Este estimulo fiscal, aplica para las personas físicas y morales que perciban ingresos exclusivamente en la región fronteriza del norte y consiste en aplicar un crédito equivalente a la tercera parte del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio o los pagos provisionales.
  • Otro estímulo que se agregó este 2019 es el de los intereses pagados a residentes en el extranjero provenientes de bonos emitidos por sociedades residentes en México.
  • Por último, el estímulo fiscal para las ganancias en la enajenación de acciones emitidas por sociedades residentes en México.

Conocer cómo realizar tus declaraciones ante el SAT es esencial, no importa si estás registrado como persona física o moral, cumplir con tus obligaciones podrá ahorrarte tiempo de tramites extraordinarios o bien salvarte de delitos fiscales.

Sí todavía tienes dudas sobre cómo lograrlo, o bien aún no sabes quién llevará tu contabilidad o la de tu compañía, acércate a BFA, podemos ayudarte.