Actualización de CFDI 4.0

Como cada año, las disposiciones fiscales tienen variaciones respecto al año anterior, en este 2022 una de las más destacadas variaciones es la entrada en vigor del Comprobante Fiscal por Digital por Internet en la versión 4.0 (CFDI 4.0). Este avance tecnológico busca mejorar la precisión de la información para todos los involucrados y facilitar los cálculos de cada año fiscal.

Si bien la entrada en vigor de esta actualización se ha ido postergando a lo largo de 2022, es importante conocerla, para familiarizarse con su uso y adoptarla a la brevedad como la que se use ya sea como persona físico o como persona moral para lograr un mejor desempeño contable; para que su uso ya obligatorio a partir del 1 de enero de 2023 no presente dificultades.

Ventajas de esta actualización

Las principales ventajas, como se señalaba, de la implementación de esta tecnología, que como cualquier cambio a veces genera cierta resistencia y mala fama son:

-Reportar la información de manera completa y correcta al SAT a partir de lo contenido en las facturas electrónicas (o CFDI) para recibir mejores servicios.

-Hacer más fácil y expedita la presentación de declaraciones con información prellenada que proviene precisamente de la información contenida en las facturas electrónicas o CFDI.

Lo que debe incluir

Los CFDI en versión 4.0 deben tener:

-Lugar y fecha de la expedición de la factura electrónica

-Datos del emisor de la factura: Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre comenzando con el propio y siguiendo con los apellidos (persona física) o razón social (persona moral), régimen fiscal en el que tributa, domicilio fiscal, sello digital.

-Datos del receptor: Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre comenzando con el propio y siguiendo con los apellidos (persona física) o razón social (persona moral), régimen fiscal en el que tributa, código postal del domicilio fiscal, clave del uso fiscal que el receptor va a usar para ese comprobante.

Estos datos del receptor se pueden tomar de la Constancia de Situación Fiscal pero es completamente válido que el receptor los proporcione si los conoce. En ningún caso es requisito obligatorio solicitar la citada Constancia y mucho menos se puede condicionar el pago de salarios a su presentación, según ha estipulado la autoridad correspondiente.

-Cantidad, unidad de y clase de bienes o mercancías que la factura ampare o la descripción del servicio prestado.

Ojo, con las cancelaciones

En esta actualización para el uso del CFDI 4.0 hay novedades que se deben tomar muy en cuenta como es el caso del servicio de cancelación de facturas emitidas a través del portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas modificaciones son, a saber:

-Marcar o señalar el motivo de cancelación del comprobante fiscal.

-Las cancelaciones sólo podrán tener efecto en el ejercicio en que sean expedidas, en otras, palabras, antes del 31 de enero del año siguiente a su emisión.

Como se mencionaba, la transición al uso de CFDI 4.0 no ha estado exenta de polémicas por ciertos malos entendidos, por ello, si requieres consultoría y asesoría fiscal en esta materia ten en cuenta que en BFA tenemos expertos que pueden ayudarte.