¿Cómo darme de alta en el SAT si soy emprendedor?

Emprender es uno de los anhelos de mucha gente, pues se trata de la oportunidad de materializar un sueño llevando a la realidad práctica una idea, ya sea que tuvo hace poco o a la que se la ha dado muchas vueltas; va de la mano con la oportunidad de satisfacer una necesidad de un público general o de una zona, lo cual crea valor no sólo para quien emprende, sino para los eventuales empleados, para los futuros clientes y para la cadena de suministros a la que el emprendimiento se unirá.

Pero esa parte tan emocionante, también tiene su lado administrativo que puede no ser tan interesante o creativo; sin embargo, es indispensable para dar forma a un negocio que tenga la capacidad de operar de manera legal y ordenada. Y uno de elementos a considerar es darse de alta en el Sistema de Administración Tributaria (SAT), y saber cómo hacerlo.

Decidir cuál régimen

Antes que nada es necesario entender que los individuos mayores de 18 tienen que tramitar su Registro Federal de Causantes (RFC), como personas físicas. Y por otra parte las personas morales son las empresas.

Quienes quieren emprender pueden optar hacerlo siendo personas físicas deben elegir qué régimen es el más adecuado para el tipo de actividad que se va a realizar, y analizar las ventajas y exigencias de cada uno.

RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), este régimen se aprobó en este sexenio y está destinado a las personas físicas que realizan actividades empresariales o profesionales (profesionistas independientes) o de arrendamiento (renta de inmuebles) que no pasen los 3 millones y medio de ingresos anuales.

Este régimen es la mejor opción para los nuevos contribuyentes que quieren emprender, pues les permite emitir CFDI (facturas electrónicas) a sus clientes, así como tener una contabilidad bastante sencilla. Este régimen puede usarse para todo tipo de comercios y servicios

Cabe señalar que además del RESICO existen otros regímenes como el de Persona Física con Actividades Empresariales y Profesionales que no tiene límites en los ingresos anuales para estar en él, y lo mismo aplica de el Régimen de Arrendamiento que puede tener una persona física que recibe ingresos por la renta de inmuebles (casas, departamentos, locales, bodegas, etc.) y que tampoco tiene topes en el ingreso.

Optar por persona moral

En el caso de que el emprendimiento sea más adecuado hacerlo como empresa, entonces se tramitará el registro como persona moral, lo cual requerirá hacer trámites más complejos como tramitar el acta constitutiva de la misma con un notario, así como otros previos como el registro del nombre de la empresa, asignar al responsable legal, entre otros.

Este régimen puede parecer más complicado, pero también tiene ventajas sobre todo respecto a la contratación de personal, para cubrir de manera adecuada lo que la Ley del Trabajo pide a los empleadores, además que tendrás otras opciones para el manejo fiscal y financiero de tu negocio, que no tienes como persona física.

Documentos para darte de alta en el SAT

Para darte de alta como persona física, puedes acudir de forma presencial a una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con los siguientes documentos:

-CURP, o en su caso, carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de personas naturalizadas (original o copia certificada).

-Acuse de preinscripción en el RFC, realizada del Portal del SAT.

-Comprobante de domicilio,

-Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal

A esa documentación, en el caso de las personas morales se le debe añadir el Acta constitutiva de la empresa.

 

Si necesitas más información, apoyo o asesoría para dar certeza a su emprendimiento, acude con nosotros, en BFA te estamos esperando.

Fuentes:

https://www.sat.gob.mx/consulta/09789/lo-que-debes-saber-como-emprendedor-

https://espacioempresa.com/emprendedores/como-dar-alta-negocio-sat-requisitos/

https://www.aspel.com.mx/blog/contabilidad-electronica/negocio-en-hacienda